Thursday, 12 December, 2024

APRUEBAN ESTRATEGIA SANITARIA PARA SEMANA SANTA


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El Consejo Estatal de Salud aprobó por unanimidad el acuerdo de estrategia específica para Semana Santa y Semana de Pascua para evitar que los contagios por COVID-19

Se acordó que en playas públicas, malecones, plazas públicas y puntos tradicionales de reunión, se tendrá un horario abierto al público de 06:00 a 20:00 horas; se tendrá un límite de 50 por ciento en los aforos; no se permitirán expendios y barras de venta de cerveza; tampoco grupos musicales y sistemas de música electrónica móviles y fijos, incluidos los de vehículos particulares; no se permitirán fiestas y reuniones sociales en playas y centros de interés turístico, eventos deportivos y amenidades que aglomeren a más de 10 personas.

Además, se prohibirán casas de campaña, pernocta y todo tipo de actividades nocturnas después de las 20:00 horas; puestos fijos y semifijos deberán respetar los horarios y modalidades de servicio establecidos, e implementar todos los protocolos de seguridad sanitaria; uso obligatorio de cubrebocas, sana distancia de mínimo un metro y medio, uso de gel antibacterial y lavado frecuente de manos para toda la población.

En embarcaciones de pesca deportiva y turísticas, también se tendrá un horario de operación de las 06:00 a las 20:00 horas, o el que en casos de excepción determine la Capitanía de Puertos; las embarcaciones de pesca deportiva o turísticas podrán operar al 60 por ciento de su máxima capacidad, incluyendo tripulación; no deberá permitirse la venta de alcohol, la música en vivo y el baile en todo tipo de embarcaciones; se deben respetar los protocolos de seguridad sanitaria como uso obligatorio de cubrebocas, medición de temperatura, señalizaciones, sana distancia de mínimo un metro y medio, uso de gel antibacterial, lavado frecuente de manos, colocación de dispensadores de gel antibacterial, entre otros.

En el caso de hoteles, moteles, condominios, villas y similares, podrán operar al 60 por ciento de su máxima capacidad; restaurantes de hoteles e instalaciones de hospedaje de 06:00 a 22:00 horas y servicio a cuartos sin límite de horarios; bares de instalaciones hoteleras y de hospedaje podrán operar también hasta las 22:00 horas, con un aforo máximo de 50 por ciento; los servicios de alberca y todo tipo de amenidades en instalaciones hoteleras y de hospedaje de 6:00 a 20:00 horas y podrán operar al 60 por ciento de su capacidad.

Además, salones de fiestas y reuniones en instalaciones hoteleras y de hospedaje al 50 por ciento de su capacidad, sin pista de baile ni grupos en vivo, de 06:00 a 22:00 horas; en lugares al aire libre podrán operar al 60 por ciento de su capacidad sin pista de baile y grupos en vivo, en un horario de 06:00 a 22:00; cumplimiento de los protocolos de seguridad sanitaria vigentes dictados por las autoridades sanitarias como: medición de temperatura, uso obligatorio y permanente de cubrebocas, uso de guantes por parte del personal, señalización de sana distancia, instalación de dispensadores de gel antibacterial, sanitización periódica, operación con ventanas abiertas, entre otros.

En restaurant-bar, restaurant y negocios similares con consumo y venta de alimentos se tendrá un horario permitido de 06:00 a 22:00 horas, comida para llevar o entrega a domicilio hasta las 24:00 horas; podrán operar al 50 por ciento de su máxima capacidad en lugares cerrados y al 60 por ciento en lugares al aire libre; atención únicamente a clientes sentados y admisión sólo con cubrebocas; sin música en vivo ni pista de baile; además de reforzar los protocolos de seguridad sanitaria vigentes como sana distancia entre mesas, medición de temperatura, señalización, dispensadores de gel antibacterial, entre otros.

Los antros y centros nocturnos no podrán operar; en salones de fiestas y reuniones se tendrá un horario de operación de 06:00 a 22:00 horas; en lugares cerrados podrán operar al 50 por ciento de su capacidad, sin pista de baile y grupos en vivo; en lugares al aire libre, podrán operar al 60 por ciento de su máxima capacidad, sin pista de baile y sin música en vivo; uso obligatorio de cubrebocas, medición de temperatura, señalizaciones, sana distancia de mínimo un metro y medio, uso de gel antibacterial, lavado frecuente de manos, colocación de dispensadores de gel antibacterial, entre otras medidas de protección sanitaria.

En domicilios particulares, se solicita la suspensión de permisos para fiestas, contratación de música en vivo y sistemas digitales de sonido; evitar aglomeraciones de más de 10 personas y preferentemente que sean del mismo núcleo familiar; mientras que en centros y plazas comerciales, tiendas de conveniencia y similares se tendrá un horario de 06:00 a 22:00 horas; con un aforo del 75 por ciento de su máxima capacidad; cumplimiento de los protocolos de seguridad sanitaria vigentes dictados por las autoridades sanitarias como: medición de temperatura, uso obligatorio y permanente de cubrebocas, uso de guantes del personal, señalización de sana distancia, instalación de dispensadores de gel antibacterial, sanitización periódica, operación con ventanas y puertas abiertas, entre otros.

En comercios y servicios en general, distintos a los anteriormente mencionados se tendrá un horario de 06:00 a 22:00 horas, con el aforo del 75 por ciento de su máxima capacidad; farmacias y servicios médicos abiertos sin límite de horario; todo en cumplimiento de los protocolos de seguridad sanitaria vigentes dictados por las autoridades sanitarias como: medición de temperatura, uso obligatorio y permanente de cubrebocas, uso de guantes del personal, señalización de sana distancia, instalación de dispensadores de gel antibacterial, sanitización periódica, operación con ventanas y puertas abiertas, entre otros.

En centros de culto y ceremonias religiosas se tendrá un horario 06:00 a 22:00 horas, con un aforo del 50 por ciento en espacios cerrados y en 60 por ciento en espacios abiertos; en todos los casos atendiendo los protocolos de seguridad sanitaria vigentes dictados por las autoridades sanitarias como: medición de temperatura, uso obligatorio y permanente de cubrebocas, señalización de sana distancia, instalación de dispensadores de gel antibacterial, sanitización periódica, operación con ventanas y puertas abiertas, entre otros.

Asimismo, las medidas aplicables a toda la población en los destinos turísticos serán: uso obligatorio y permanente de cubrebocas, sana distancia de cuando menos metro y medio entre las personas, lavado frecuente de manos o aplicación de gel anti-bacterial, respeto a la ocupación máxima en vehículos de pasajeros y de transporte. Sin embargo, se exhorta a continuar la estrategia quédate en casa, en la medida de lo posible.

Entre los acuerdos también está recomendar la colocación de filtros de control vehicular en los accesos a los destinos turísticos, playas, balnearios, ríos, lagunas, presas y centros tradicionales de convivencia. La vigilancia de los puntos acordados deberá ser coordinada por las autoridades municipales con la participación de corporaciones de seguridad e instancias competentes de los tres niveles de gobierno.

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